Page 63 - INFORME DE LABORES 2015-2016
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Capítulo III. Transparencia


                           Transparencia, uno de los pilares que sustenta la democracia


                  El principio de la publicidad de los actos de gobierno es una condición para el desem-
                  peño democrático; la transparencia en las instituciones electorales y políticas es una
                  parte clave de la consolidación democrática de un país, ya que es un atributo funda-
                  mental que agrega legitimidad y confianza a los comicios.


                  La transparencia y el acceso a la información pública son conquistas ciudadanas que
                  significan gran avance en la calidad democrática del Estado y un cambio profundo en
                  las relaciones entre sociedad civil y administración pública.
                  El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas ha tenido un papel activo como sujeto
                  obligado a transparentar su actuar administrativo y las acciones para cumplir con sus
                  funciones sustantivas, de esta manera da vigencia a la máxima publicidad: principio
                  rector de la materia; asimismo, como órgano de control jurisdiccional, ha sido una
                  preocupación añadir confiabilidad y certeza a los procesos electorales, garantizando
                  las herramientas jurídicas para ello; hemos trabajado por ser una institución esencial
                  para la consolidación democrática en nuestra entidad.

                                         Reforma en materia de Transparencia


                  La transparencia y el acceso a la información constituyen avances sobresalientes de
                  la sociedad mexicana, son puentes de interacción entre ésta y el gobierno al revisar
                  y asegurar el correcto ejercicio de los recursos asignados a los distintos órdenes de la
                  administración pública, lo cual brinda legitimidad al sistema democrático de nuestro
                  país.

                  En este sentido, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas
                  en nuestro país a través de la transparencia y el acceso a la información pública, el
                  07 de febrero de 2014 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma
                  a los artículos constitucionales 6, 73, 76, 89, 105, 108, 110, 111, 116 y 122, y a través
                  de un transitorio mandato al Congreso de la Unión la creación de una ley general en
                  materia de transparencia gubernamental, acceso a la información y protección de da-
                  tos personales en posesión de las autoridades u órganos gubernamentales de todos los
                  niveles de gobierno.


                  En dicha ley se establecieron las bases, principios generales y procedimientos a los
                  que se deberían ajustar las leyes de los estados, para regir el funcionamiento de los
                  organismos garantes del derecho de acceso a la información pública y protección de
                  datos personales.


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