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17   CAPÍTULO I





























                                                                                                          Pleno
                                                                                                          TEECH
                                                                                                          2023
                   Instituciones  y  Procedimientos  Electorales   García,  quien  lo  preside,  y  la  Magistra-
                   del Estado de Chiapas, y 4 del Reglamen-       da  Celia  Sofía  de  Jesús  Ruíz  Olvera,  así
                   to Interior del Tribunal Electoral del Estado,   como, ante la falta de nombramiento por
                   el Pleno es el órgano superior de dirección    parte del Senado, de la persona que ocu-
                   del  Tribunal  Electoral  y  está  integrado  por   pe la titularidad de la magistratura vacan-
                   el  número  de  Magistradas  o  Magistrados    te, la Mtra. Caridad Guadalupe Hernández
                   Electorales  que  establece  la  Constitución   Zenteno, Secretaria General, funge como
                   local, uno de los cuales funge como Presi-     Magistrada  por  Ministerio  de  Ley  en  las
                   denta o Presidente, asume sus decisiones       sesiones públicas de Pleno. Lo cual, pro-
                   de manera colegiada en sesiones públicas o     picia la debida integración de este órgano
                   reuniones privadas, de conformidad con lo      de decisión y garantiza su funcionalidad,
                   dispuesto en el Reglamento Interior del Tri-   con  fundamento  en  el  artículo  106,  nu-
                   bunal. Dichas sesiones se realizan de mane-    meral 3, fracción XIV, de la Ley de Insti-
                   ra presencial, remota o mixta.                 tuciones y Procedimientos Electorales del
                                                                  Estado de Chiapas.
                   Siendo  que  conforme  la  referida  Refor-
                   ma Electoral de 2014, se estableció que el     Habilitación de órganos especializados
                   nombramiento de las magistraturas inte-        en materia de derechos de comunida-
                   grantes del Pleno recae en el Senado de        des indígenas
                   la República, teniendo en cuenta que se
                   deberá atender al principio de paridad de      La  Ley  de  Instituciones  y  Procedimientos
                   género, con un periodo de duración en el       Electorales  del  Estado  de  Chiapas,  en  su
                   encargo de siete años y con la proscrip-       artículo  288,  establece  que  durante  los
                   ción de la  reelección, así como que la re-    procedimientos  de  consulta  y  elecciones
                   novación se efectuará de manera escalo-        bajo  el  Sistema  Normativo  Interno  de  los
                   nada y sucesivamente.                          Municipios indígenas del Estado, el Tribunal
                                                                  Electoral garantizará la protección y tutela
                   En ese sentido, integran el Pleno del Tri-     de los derechos político electorales de las
                   bunal  Electoral  del  Estado  de  Chiapas     comunidades indígenas y sus integrantes,
                   el  Magistrado  Gilberto  de  Guzmán  Bátiz    y deberá dirimir los confictos que se pre-


                                                                                                             GILBERTO
                                                                                                           BÁTIZ GARCÍA
                                                                                                          Magistrado presidente
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