Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
R E S U E L V E
Único. Se revoca el Acuerdo IEPC/CG-A/124/2024, emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, por los razonamientos y para los efectos precisados en las Consideraciones Séptima y Octava, respectivamente, de esta sentencia.
TEECH/JDC/102/2024
26/03/2024
26/03/2024
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
Ausencio Lázaro Clemente.
Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
Único. Se revoca el acuerdo IEPC/CG-A/127/2024, emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, por los razonamientos y para los efectos precisados en las consideraciones Octava y Novena, respectivamente, de esta sentencia.
TEECH/JDC/103/2024
26/03/2024
26/03/2024
Gilberto de G. Bátiz García
Datos Protegidos
Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
R E S U E L V E
Único. Se revoca el acuerdo impugnado por la parte actora de quince de marzo de dos mil veinticuatro, por medio del cual se le dio respuesta a su escrito de consulta.
TEECH/JDC/104/2024
26/03/2024
26/03/2024
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
DATOS PROTEGIDOS
Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
Primero. Se revoca el Acuerdo Impugnado, por los argumentos expuestos en la Consideración Séptima de la presente sentencia.
Segundo. En el caso particular se inaplica a favor de la parte actora, lo dispuesto en el artículo 39, fracción VI, de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, en términos de los efectos precisados en la Consideración Octavo, del presente fallo.
Tercero. Se ordena a la autoridad responsable no considere al actor, en el supuesto de la fracción III, numeral 1, del articulo 10 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, ni en el articulo 13, numeral 1, Fracción III, del Reglamento que regula los procedimientos relacionados con el registro de candidaturas para el proceso electoral local ordinario 2024, y los extraordinarios que en su caso deriven.
Cuarto. Se ordena a la responsable que en caso de que el actor acuda a solicitar su registro para contender por el cargo de Presidente Municipal de Totolapa, Chiapas, deberá verificar el cumplimiento de los demás requisitos de elegibilidad contemplados en la Ley de la materia vigente, aplicables al caso
TEECH/JDC/105/2024
26/03/2024
26/03/2024
Gilberto de G. Bátiz García
Datos Protegidos
Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
R E S U E L V E
PRIMERO. Se revoca el Acuerdo impugnado, por los argumentos expuestos en la Consideración Séptima del presente fallo.
SEGUNDO. Se inaplica, en el caso particular, lo dispuesto en el artículo 39, fracción VI, de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, en términos de la Consideración Séptima del presente fallo.
TEECH / JDC/ 073 / 2024
20/03/2024
20/03/2024
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
DATO PROTEGIDO.
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE CHIAPAS.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
Único. Se confirma en lo que fue materia de impugnación el acuerdo IEPC/CG-A/087/2024 de veinticuatro de febrero de dos mil veinticuatro, emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana; por los razonamientos expuestos en la consideración séptima de la presente sentencia.
TEECH / JDC/ 079 /2024
20/03/2024
20/03/2024
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
DATO PROTEGIDO.
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE CHIAPAS.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
Primero. Se revoca el Acuerdo Impugnado, por los argumentos expuestos en la Consideración Octava de la presente sentencia.------------------------------------
Segundo. En el caso particular se inaplica a favor de la parte actora, lo dispuesto en el artículo 39, fracción VI, de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, en términos de los efectos precisados en la Consideración Novena, del presente fallo.---------------
Tercero. Se ordena a la autoridad responsable que en caso de que la actora acuda a solicitar su registro para contender por el cargo de Presidenta Municipal de Rincón Chamula San Pedro, Chiapas, deberá verificar el cumplimiento de los demás requisitos de elegibilidad contemplados en la Ley de la materia vigente, aplicables al caso.
TEECH/JDC/071/2024.
20/03/2024
20/03/2024
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
ENOC HERNANDEZ CRUZ.
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE CHIAPAS.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
Primero. Se reencauza el Juicio de la Ciudadanía TEECH/JDC/071/2024 a Recurso de Apelación, por los razonamientos vertidos en la Consideración Primera de esta sentencia.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Segundo. Se revoca la resolución de diecisiete de febrero de dos mil veinticuatro, emitida en el expediente IEPC/PO/DEOFICIO/039/2023, por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana; conforme a lo establecido en la Consideración novena de la presente sentencia.
TEECH/JDC/074/2024
20/03/2024
20/03/2024
Gilberto de G. Bátiz García
DATOS PERSONALES PROTEGIDOS
Comisión Permanente de Organización Electoral y Consejo General, ambos del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
R E S U E L V E
Único. Se confirma el Acuerdo IEPC/CG-A/087/2024, de veinticuatro de febrero de este año, emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones, en la parte relativa a la designación de las Presidencias, Secretarías Técnicas y Consejerías Electorales de ese Instituto, del Municipio de Las Rosas, Chiapas, para el PELO 2024, por los razonamientos expresados en la Consideración Séptima de la presente sentencia.
TEECH/JDC/078/2024
20/03/2024
20/03/2024
Gilberto de G. Bátiz García
DATO PERSONAL PROTEGIDO
Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana
Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
Resumen
R E S U E L V E
PRIMERO. Se revoca el Acuerdo impugnado, por los argumentos expuestos en la Consideración Séptima del presente fallo.
SEGUNDO. Se inaplica, en el caso particular, lo dispuesto en el artículo 39, fracción VI, de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, en términos de la Consideración Séptima del presente fallo.
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