Page 42 - INFORME DE LABORES 2017-2018
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TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
En esta primera edición que se realizó en las instalaciones de la Facultad de Derecho
de la UACH, participó el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas representado por los
Mtros. Rodolfo Guadalupe Lazos Balcázar y Julio César Guzmán Hernández, y los Lics.
Iván Alan Pérez Villanueva y Rogelio Cruz Gordillo, quienes se enfrentaron con los tribu-
nales electorales de los Estados de Baja California, Chihuahua, Coahuila, Colima, Ciu-
dad de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Quintana Roo,
Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas.
Fungieron como jueces, magistrados electorales de Salas Regionales y Tribunales Elec-
torales, directivos de la Escuela Judicial Electoral (EJE) del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF) y maestros de la Facultad de Derecho de la UACH,
quienes otorgaron el primer lugar a los representantes del Tribunal Electoral de la Ciudad
de México; segundo lugar, Michoacán y tercer lugar, Chihuahua.
1.5.3 Mesas de recepción de Medios de Impugnación
Para recibir los Juicios de Nulidad Electoral, del 11 al 17 de julio, en el salón de usos múl-
tiples del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, se instalaron nueve mesas de trabajo,
tres por cada una de las ponencias, integradas por personal jurisdiccional y administra-
tivo. En dichas mesas fueron recibidos 143 medios de impugnación promovidos en 64
municipios y 10 distritos electorales. Es importante mencionar que la elección al cargo de
Gobernador del Estado de Chiapas no fue impugnada.
Cabe destacar que el TEECH tuvo hasta el 31 de agosto para resolver las impugnaciones
de miembros de Ayuntamiento y diputaciones; la Sala Regional Xalapa del TEPJF tiene
como fecha límite el 30 de septiembre para emitir sus resoluciones.
1.6 Secretaría General
1.6.1 Atribuciones
De acuerdo con el artículo 35 del Reglamento Interior de este Tribunal, para el desahogo
de los asuntos del Pleno, este órgano jurisdiccional nombrará, a propuesta de su Presi-
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dente, al Secretario General, quien tiene fe pública con respecto a la función jurisdiccio-
nal que realiza.
Tiene por atribución primordial recibir y dar cuenta a los Magistrados integrantes del Pleno
de los escritos iniciales de demanda y las promociones subsecuentes al dictado de sus
correspondientes resoluciones, así como el desahogo de las audiencias y actuaciones
antes mencionadas; además, emitir los acuerdos que correspondan para la integración
de los expedientes de los juicios presentados.
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