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INFORME DE LABORES 2017-2018
Capítulo 1
Resultados en Justicia
1.1. Atribuciones del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas
De conformidad con los artículos 116, fracción IV, inciso c) de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 105 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales; 35, 99 y 101 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Es-
tado de Chiapas, y 101, numeral 1 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana,
el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas es un organismo constitucional autónomo,
de carácter permanente, con personalidad jurídica y patrimonio propios, independiente
en sus decisiones, máxima autoridad jurisdiccional en la materia, con personal jurídico y
administrativo necesario para su adecuado funcionamiento.
Tiene a su cargo garantizar que todos los actos y resoluciones electorales locales y de
los procedimientos de participación ciudadana, que sean de su competencia, se sujeten
a los principio de constitucionalidad, convencionalidad y legalidad.
Este órgano jurisdiccional goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en
sus decisiones, debiendo cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparciali-
dad, objetividad, legalidad y probidad.
Es competente para conocer y resolver de forma definitiva e inatacable los siguientes me-
dios de impugnación establecidos en el Código de Elecciones y Participación Ciudadana
del Estado de Chiapas: el Juicio de Inconformidad, para garantizar la constitucionalidad
y legalidad de actos y resoluciones emitidos por los Consejos General, Distritales y Mu-
nicipales del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado, y el Juicio de
Nulidad Electoral, para garantizar la constitucionalidad y legalidad de los resultados de
los cómputos estatal, distrital y municipal, según la elección sea de Gobernador del Esta-
do, Diputados o miembros de Ayuntamientos. 1
Asimismo, el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciuda-
dano, para garantizar a los ciudadanos chiapanecos la salvaguarda de sus derechos
político electorales consignados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
canos, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas y en el código
electoral local; y el Juicio Laboral, para garantizar el respeto a los derechos laborales de
los trabajadores y servidores públicos que se desempeñen en el Instituto de Elecciones y
Participación Ciudadana, y en el propio Tribunal Electoral del Estado.
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