Resuelve TEECH asuntos con relación a actos de VPRG
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 10 de octubre de 2023.- En sesión pública, el
Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) resolvió diversos
juicios de la ciudadanía con relación a actos constitutivos a violencia
política en razón de género.
En el primer asunto, el Pleno revocó la resolución emitida por el Instituto
de Elecciones y Participación Ciudadana, en el Procedimiento Especial
Sancionador, IEPC/PE/Q/YJMDVPRG/001/2022, en la que se acreditaron los hechos
denunciados por la presidenta municipal de Reforma en contra de la primera
regidora y otros del mencionado Ayuntamiento, y, en consecuencia, determinó que
constituían violencia política en razón de género.
Debido a lo anterior, la autoridad responsable tuvo por acreditado los
hechos denunciados a partir de una valoración indebida, sin que se advierta
elementos suficientes para tener por acreditados los hechos en materia de
violencia política en razón de género. Asimismo, el instituto electoral no
ejerció en su totalidad sus facultades de investigación, ni fue exhaustiva, ya
que no existieron elementos suficientes para tener pro acreditados los hechos
denunciados. (Expediente TEECH/JDC/084/2023 y acumulados)
Por otra parte,
el TEECH confirmó la resolución emitida por el Consejo General del IEPC, recaída
en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/Q/MAGVPRG/026/2022, en la que
declaró administrativamente responsable sólo al coordinador de Cultura y
Recreación del Ayuntamiento de Catazajá, por la conducta de Violencia Política
en Razón de Género en contra de la regidora de representación proporcional del
mencionado Ayuntamiento.
Ello, ya que la
autoridad responsable analizó el asunto bajo los parámetros legales,
internacionales, nacionales y jurisprudenciales, los que orientan a juzgar con
perspectiva de género; y con base a esos parámetros, determinó que el hecho
realizado por el mencionado coordinador, constituye Violencia Política en Razón
de Género, y en atención a los demás denunciados, sólo se acreditó la
obstrucción al cargo. (Expediente TEECH/JDC/090/2023 y acumulados)