Resuelve TEECH juicios con relación a VPRG y obstrucción del cargo
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 01 de diciembre de 2023.- En sesión pública, el
Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, resolvió diversos medios de
impugnación con relación a Violencia Política en Razón de Género (VPRG) y
obstrucción en el ejercicio del cargo de servidoras públicas.
En el primer asunto, el TEECH revocó la resolución emitida en el Procedimiento
Especial Sancionador (PES) IEPC/PE/Q/MDMB/VPRG/005/2023, por el cual se
determinó la responsabilidad administrativa del presidente, secretario,
tesorero y directos de Obras Públicas del Ayuntamiento de Jitotol.
Al respecto, se declararon fundados los agravios de los sujetos denunciados,
porque, aun cuando en el PES se tuvo por acreditada la obstrucción del
ejercicio del cargo de las denunciantes, lo cierto es que, no existieron
elementos de prueba suficientes para determinar que dichos actos contaban con
el elemento de género para configurar la violencia política de género
denunciada. (TEECH/JDC/098/2023)
En otro juicio, la magistratura de este órgano jurisdiccional confirmó
resolución del PES IEPC/PE/Q/CCP-VPRG/031/2023, por el cual se declaró administrativamente
responsable al presidente municipal del Ayuntamiento de Venustiano Carranza,
por la comisión de VPRG en contra de la síndica municipal.
Además, declaró infundados los agravios manifestados por la parte actora,
con relación a que los demás integrantes del dicho Ayuntamiento también
cometieron VPRG y que el Instituto Electoral no tomó en cuenta la conducta de
cada uno de ellos. De ahí que, del análisis realizado, el presidente municipal
amplió sus atribuciones para representar legalmente al Ayuntamiento, además, realizó
expresiones amenazantes en contra de la síndica, en el marco de la
responsabilidad de VPRG, y quedó comprobado que los servidores públicos actuaron
en cumplimiento a lo ordenado por su superior. (TEECH/JDC/104/2023 y su
acumulado JDC/107)
Respecto a otro juicio de la ciudadanía, el TEECH confirmó el acuerdo
de inicio de investigación preliminar del cuaderno de antecedentes
IEPC/CA/CGMVPRG/014/2023, por medio del cual se declaró la incompetencia de dicha
autoridad para conocer del asunto.
Ello, porque contrario a lo señalado por el actor, el IEPC remitió el acto
de manera fundada y motivada, exponiendo los motivos por los cuáles se declaró
incompetente para conocer de la violencia política. De igual forma, no le causó
grave violencia de que la responsable no haya iniciado de oficio un nuevo procedimiento
sancionador por los hechos denunciados, ya que contrario a ello, no se le dejó
en estado de indefensión, pues la normativa electoral contempla un medio para
tutelar los hechos de violencia política a través del juicio de la ciudadanía. (TEECH/JDC/110/2023)
ASUNTOS CON RELACIÓN A LA OBSTRUCCIÓN DEL CARGO
Durante la misma sesión de Pleno, el TEECH acreditó la obstrucción al
derecho político electoral de ser votado, en su vertiente de ejercicio pleno al
cargo de la actora, por la omisión de la contralora interna, ambas del
Ayuntamiento de Tapilula, de no proporcionarle el usuario y contraseña o la
cuenta que le correspondiera para ingresar al Sistema DeclaraChiapas, para
realizar su Declaración Inicial de Situación Patrimonial y de Intereses.
En consecuencia, al declarar fundados los agravios, el tribunal electoral ordenó
a la contralora interna del mencionado Ayuntamiento para que, dentro de los
cinco días siguientes, a partir de que le sea notificada la presente
resolución, responda el escrito presentado por la actora. (TEECH/JDC/114/2023)
Posteriormente, en otro medio de impugnación, se determinó que el
presidente municipal del Ayuntamiento de Tapilula, incurrió a la violación de
los derechos político electorales de la segunda regidora propietaria, en su
vertiente de obstrucción del cargo, derivado de la falta de pago de las
remuneraciones que le corresponden.
En ese sentido, y al calificar fundados los agravios, se ordenó al
presidente que cumpla por lo ordenado por el Pleno de este órgano
jurisdiccional. (TEECH/JDC/115/2023 y sus acumulados).
Para conocer sobre los demás asuntos resueltos en
esta sesión pública, consulta las imágenes informativas que a continuación de
presentan: