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Confirma TEECH resolución del IEPC en la que sancionan a partido político por colocación de propaganda en lugar prohibido

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 15 de diciembre de 2021.En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) por unanimidad de votos, confirmó la resolución emitida por el IEPC, dentro del Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/Q/JLMC/065/2021, en el que calificó administrativamente responsable al Partido Chiapas Unido por la colocación de propaganda electoral en lugar prohibido en el municipio de Berriozábal.

El Pleno determinó como infundados los agravios manifestados por la representante suplente del Partido Chiapas Unido, al referirse que el Instituto Electoral vulneró los Principios de Presunción de Inocencia, Congruencia y Exhaustividad, además que la autoridad responsable no fundamentó ni motivó sus argumentos.

Por lo anterior, atendiendo los principios antes mencionados y de acuerdo a criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el partido político actor fue beneficiado con dicha propaganda electoral, además que por medio de ésta también obtuvo un posicionamiento indebido, al promocionar su nombre, imagen y emblema en la propaganda difundida, por lo que no se afectan los principios aducidos.

Por otra parte, el Instituto Electoral local, sí argumentó y evidenció los elementos correspondientes a la propaganda electoral en lugar prohibido, asimismo, el actuar el partido político violentó el principio constitucional de equidad en la contienda electoral y el respeto a las normas electorales, en consecuencia, se determinó confirmar el acto impugnado. (Expediente: TEECH/RAP/161/2021)

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