TEECH/JDC/051/2022
28/10/2024
| 28/10/2024 |
Gilberto de G. Bátiz García
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Marcela Avendaño Gallegos y Martha Patricia Carrillo Cruz, en calidad de Regidoras por Representación Proporcional del Ayuntamiento de Catazajá, Chiapas
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María Fernanda Dorantes Núñez, Manuel Lastra Lezama, Rosita del Carmen Morales Cañas, Luis Alfonso Vázquez Lastra, Gloria del Carmen López Magaña, Tomás Sandoval García y Eliodoro Genaro Mendoza Latournerie, en su calidad de Presidenta Municipal, Síndico, Primera, Segundo, Tercera y Cuarto Regidores Propietarios, y Secretario Municipal, respectivamente, todos del Ayuntamiento Constitucional de Catazajá, Chiapas
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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PRIMERO. Ante el cambio de situación jurídica del Ayuntamiento de Catazajá, Chiapas, se declara la imposibilidad para verificar el cumplimiento de los efectos 1, 2 y 3 de la sentencia de catorce de diciembre de dos mil veintidós, en términos de la Consideración Cuarta, I. Estudio de los efectos 1, 2, 3, de este Acuerdo de Pleno.
SEGUNDO. Se declaran cumplidos los efectos 4, 5, 6 y 7 de la resolución pronunciada el catorce de diciembre de dos mil veintidós, en el Juicio de la Ciudadanía TEECH/JDC/051/2022, en términos de la Consideración Cuarta del presente Acuerdo.
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TEECH/JDC/378/2022
28/10/2024
| 28/10/2024 |
Gilberto de G. Bátiz García
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DATOS PROTEGIDOS
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AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ZINACANTÁN, CHIAPAS
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Incidentes
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Resumen
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R E S U E L V E
PRIMERO. Se declara cumplida parcialmente la resolución emitida el tres de diciembre de dos mil veintiuno, dictada en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, número TEECH/JDC/378/2021, por parte del Ayuntamiento Constitucional de Zinacantán, Chiapas, en términos de la consideración tercera de la presente resolución.
SEGUNDO. Se declara sin materia el cumplimiento de la sentencia por lo que hace a los conceptos toma protesta y el ejercicio del cargo ordenados en la misma; por los razonamientos vertidos en la consideración tercera del presente Acuerdo.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría General glose copia certificada de la presente resolución incidental en los autos del expediente principal para los efectos legales a que haya lugar.
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TEECH/JDC /222/2024
01/10/2024
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Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
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Liliana Ruiz Morales, en su carácter de Candidata a la Primera Regiduría de Representación Proporcional del Partido Político Podemos Mover a Chiapas.
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Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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Único. Se desecha el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales, TEECH/JDC/222/2024, promovido en contra del Acuerdo IEPC/CG-A/274/2024, por el que la responsable realizó la distribución y asignación de las Regidurías de Representación Proporcional entre otros, del municipio de Acapetahua, Chiapas, conforme a lo establecido en la consideración Cuarta de la presente sentencia.”(
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TEECH/JDC /222/2024
01/10/2024
| 01/10/2024 |
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
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Liliana Ruiz Morales, en su carácter de Candidata a la Primera Regiduría de Representación Proporcional del Partido Político Podemos Mover a Chiapas.
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Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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Único. Se desecha el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales, TEECH/JDC/222/2024, promovido en contra del Acuerdo IEPC/CG-A/274/2024, por el que la responsable realizó la distribución y asignación de las Regidurías de Representación Proporcional entre otros, del municipio de Acapetahua, Chiapas, conforme a lo establecido en la consideración Cuarta de la presente sentencia.”(
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TEECH /JDC/190/2024
30/09/2024
| 30/09/2024 |
Gilberto de G. Bátiz García
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Sergio Alfonso Peralta Hernández
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Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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R E S U E L V E:
Primero. Se reencauza el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales al Recurso de Apelación, por los razonamientos establecidos en la Consideración Octava de la presente resolución.
Segundo. Se revoca la sentencia de veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, dentro del Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/018/2024, por los argumentos y para los efectos establecidos en las Consideraciones Décima, de la presente resolución.
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TEECH/JDC/076/2023 Y SUS ACUMULADOS
30/09/2024
| 30/09/2024 |
Gilberto de G. Bátiz García
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DATO PERSONAL PROTEGIDO
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Congreso del Estado y su Comisión Permanente; y diversas autoridades del gobierno del Estado de Chiapas.
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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RESUELVE
PRIMERO. Es procedente la acumulación de los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/088/2023, TEECH/JDC/083/2023, TEECH/JDC/081/2023 y TEECH/JDC/077/2023 al diverso TEECH/JDC/076/2023, en términos de la Consideración tercera de esta determinación.
SEGUNDO. Se decreta el sobreseimiento en el expediente TEECH/JDC/076/2023, únicamente por lo que hace a los ciudadanos que se precisan en la consideración quinta de la presente sentencia.
TERCERO. Se decreta el sobreseimiento en el expediente TEECH/JDC/081/2023, únicamente por lo que hace al accionante DATO PERSONAL PROTEGIDO, en términos de la consideración sexta de la presente sentencia.
CUARTO. Se confirma el Dictamen de once de mayo de dos mil veintitrés, emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado.
QUINTO. Se dejan subsistentes las medidas de protección en favor de las actoras hasta que concluyan su mandato y tome protesta el nuevo Ayuntamiento que resultó electo en el proceso electoral local ordinario 2024, emitidas dentro del expediente TEECH/JDC/041/2023, por los motivos y consideraciones señalados en la presente resolución.
SEXTO. Se instruye a la Secretaria General, para que remita copia certificada de la presente resolución a la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, para los efectos legales conducentes.
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TEECH/JDC/207/2024 Y SU ACUMULADO
30/09/2024
| 30/09/2024 |
Gilberto de G. Bátiz García
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DATOS PROTEGIDOS
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Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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RESUELVE
Primero. Es procedente la acumulación de los expedientes TECCH/JDC/207/2024 y TEECH/RAP/115/2024, en los términos precisados en la Consideración TERCERA de este fallo.
Segundo. Se reencauza el Juicio Ciudadano TEECH/JDC/207/2024, a Recurso de Apelación, por las consideraciones vertidas en la Consideración CUARTA de esta sentencia.
Tercero. Se revoca la resolución emitida por el Consejo General del Instituto de Elecciones y participación Ciudadana, dentro del Procedimiento Especial Sancionador número IEPC/PE/033/2024, por los argumentos vertidos en la Consideración DÉCIMA y para los efectos establecidos en la Consideración DÉCIMA PRIMERA, de la presente resolución.
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TEECH/RAP/126/2024
30/09/2024
| 30/09/2024 |
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
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Lázaro Escalante López, en su calidad de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Ángel Albino Corzo, Chiapas.
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Dirección Ejecutiva Jurídica Y De Lo Contencioso del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado.
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Recursos de Apelación
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Resumen
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Único. Se revoca el acuerdo recurrido, en términos de la consideración séptima de la presente sentencia.
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TEECH/JDC 167/ 2024
23/09/2024
| 23/09/2024 |
Gilberto de G. Bátiz García
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Datos Protegidos
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Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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ACUERDA
ÚNICO. Se declara que ha quedado cumplida la sentencia de veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, emitida en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano número TEECH/JDC/167/2024 reencauzado del TEECH/RAP/058/2024, en términos de la consideración CUARTA del presente fallo.
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TEECH/JDC/ 218/2024
23/09/2024
| 23/09/2024 |
Celia Sofia De Jesus Ruíz Olvera
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DATOS PROTEGIDOS
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Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado.
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Juicios para la Protección de los Derechos Politico-Electorales del Ciudadano
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Resumen
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Único. Se Confirma el registro y designación de Wendy Arlet Hernández Ichin, Fermín Hidalgo González Ramírez José Jesús Domínguez Castellanos y José Ángel del Valle Molina, como Diputados por el Principio de Representación Partido Político MORENA emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, conforme a lo establecido en la Consideración Novena de la presente sentencia.”(
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