premio ox
Web premiada con el
Premio Internacional OX
Buscar Expediente

Resultados de la Búsqueda


Expediente Fecha Resúmen Sentencia
TEECH/JDC/104/2023, y su acumulado TEECH/JDC/107/2023

01/12/2023

01/12/2023

R E S U E L V E PRIMERO. Es procedente la acumulación del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/107/2023 al diverso TEECH/JDC/104/2023, en términos de la Consideración Cuarta de esta determinación. SEGUNDO. Se confirma la resolución de cinco de septiembre de dos mil veintitrés, emitida por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/Q/CCP-VPRG/031/2022, por los argumentos establecidos en la novena de la presente sentencia.

TEECH/JDC/110/2023

01/12/2023

01/12/2023

R e s u e l v e Único. Se confirma el acto impugnado, por los razonamientos expuestos en la consideración octava del presente fallo.

TEECH/JDC/114/2023

01/12/2023

01/12/2023

R E S U E L V E PRIMERO. Se acredita la obstrucción al derecho político electoral de ser votado en su vertiente de ejercicio pleno al cargo de DATOS PROTEGIDOS, en su carácter de Regidora Propietaria, por la omisión de la Contralora Interna, ambas del Ayuntamiento de Tapilula, Chiapas, de no darle respuesta a su escrito de veintisiete de mayo de dos mil veintidós, violando su derecho de petición; en términos de la Consideración Séptima de la presente resolución. SEGUNDO. Se ordena a la Contralora Interna del Ayuntamiento de Tapilula, Chiapas, a dar cumplimiento a lo ordenado en la Consideración Octava de la presente resolución, en los términos y bajo el apercibimiento decretado en la misma.

TEECH/RAP/027 y TEECH/RAP/031/2023

01/12/2023

01/12/2023

R e s u e l v e PRIMERO. Se acumula el expediente TEECH/RAP/031/2023, al juicio TEECH/RAP/027/2023. SEGUNDO. Se confirma el acto impugnado, por los razonamientos y consideraciones precisadas en la presente sentencia.

TEECH/RAP/035/2023

01/12/2023

01/12/2023

Resuelve Único. Se confirma el Acuerdo IEPC.CG-A/060/2023, de doce de octubre de dos mil veintitrés, emitido por Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado y los efectos contenido en él, lo anterior, en términos de los razonamientos establecidos en la Consideración séptima de la presente resolución.

TEECH/JDC/115/2023 Y ACUMULADOS

01/12/2023

01/12/2023

Primero. Se decreta la acumulación de expedientes en el presente asunto, en términos de la consideración tercera de la presente sentencia. Segundo. Se determina que el Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tapilula, Chiapas, ha incurrido en violación a los derechos político electorales de la parte actora, en su vertiente de obstrucción del cargo derivado de la falta de pago de las remuneraciones que le corresponden, por los razonamientos expuestos en la consideración octava de la presente sentencia. Tercero. Se ordena al Presidente Municipal del referido Ayuntamiento a que acate la presente sentencia, en términos de la consideración novena de la presente sentencia, De igual forma y para los mismos efectos, se vincula a los integrantes del cabildo del citado Ayuntamiento.

TEECH/JDCI/001/2023

27/11/2023

27/11/2023

A C U E R D A: PRIMERO. Se ordena al Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tecpatán, Chiapas, para que se abstenga de causar actos de molestia y/o represalias en contra de Fermín Vázquez González, quien se ostenta indígena Zoque y como Agente Municipal reelecto de la comunidad General Francisco Villa, del municipio de Tecpatán, Chiapas; en términos del numeral 1, de la Consideración Cuarta del presente acuerdo. SEGUNDO. Se ordena al Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tecpatán, Chiapas, no acercarse al domicilio de Fermín Vázquez González, quien se ostenta indígena Zoque y como Agente Municipal reelecto de la comunidad General Francisco Villa, del municipio de Tecpatán, Chiapas; en términos del numeral 2, de la Consideración Cuarta del presente Acuerdo. TERCERO. Se instruye a la Secretaría General de este Órgano Jurisdiccional, hacer del conocimiento de los hechos señalados por la quejosa, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno del Estado de Chiapas, en los términos señalados en el numeral 3, de la Consideración Cuarta de este Acuerdo. CUARTO. Se vincula a la Fiscalía General del Estado y a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, todas del Estado de Chiapas, para que informen a este Tribunal Electoral de las determinaciones y acciones adoptadas al respecto, en términos del numeral 4, de la Consideración Cuarta del presente Acuerdo.

TEECH/JDC/125/2023

21/11/2023

21/11/2023

Primero. Se reencauza el Juicio Ciudadano TEECH/JDC/125/2023, a Recurso de Apelación, por los razonamientos expresados en la Consideración Primera de esta resolución. Segundo. Se desecha de plano el presente medio de impugnación; por los razonamientos expuestos en la consideración quinta del presente fallo.

TEECH/JDC/105/2023 Y SU ACUMULADO

21/11/2023

21/11/2023

Primero. Es procedente la acumulación del expediente TEECH/JDC/106/2023 al diverso TEECH/JDC/105/2023, por ser éste el más antiguo, debiendo glosar copia certificada de la presente sentencia en el expediente acumulado, como se estableció en la consideración Segunda de este fallo. Segundo. Se acredita la obstrucción al ejercicio y desempeño del cargo del Regidor y la Regidora, del presente Juicio Ciudadano, por las razones expuestas en la consideración Novena de esta sentencia.

TEECH/JDC/103/2023

21/11/2023

21/11/2023

ÚNICO. Se declara que la sentencia emitida por este Órgano Jurisdiccional, en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía, radicado bajo el expediente TEECH/JDC/103/2023, se encuentra cumplida en su totalidad, en términos de los razonamientos establecidos en la Consideración Tercera del presente Acuerdo Plenario.

Expediente(s) Fecha Acuerdo
TEECH/JDC/066/2024 I.I.S/ TEECH/JIN-M/002/2021 y sus acumulados.

2024-02-27

2024-02-27
TEECH/JDC/052/2024 y su acumulado TEECH/RAP/025/2024, TEECH/RAP/026/2024, TEECH/RAP/009/2024, TEECH/RAP/026/2024

2024-02-26

2024-02-26
TEECH/SG/CA-106/2024 TEECH/RAP/030/2024 reencauzado del TEECH/AG/001/2024 TEECH/RAP/027/2024 y su acumulado TEECH/RAP/028/2024 reencauzados del TEECH/JDC/126/2023 y su acumulado TEECH/JDC/020/2024 TEECH/RAP/29/2024 reencauzado del TEECH/JDC/014/2024 TEECH/JDC/104/2023 TEECH/RAP/007/2024 reencauzado del TEECH/JDC/002/2024 TEECH/SG/CA-105/2024

2024-02-26

2024-02-26
TEECH/JDC/014/2024. TEECH/RAP/010/2024 Y SU ACUMULADO Y SU ACUMULADO TEECH/RAP/013/2024 TEECH/RAP/017/2023.

2024-02-26

2024-02-26
TEECH/AG/001/2024

2024-02-25

2024-02-25
TEECH/JDC/062/2024 TEECH/JDC/066/2024

2024-02-24

2024-02-24
TEECH/JDC/052/2024, TEECH/JDC/057/2024, TEECH/JDC/063/2024, TEECH/JDC/061/2024, TEECH/RAP/036/2024, TEECH/JDC/059/2024, TEECH/JDC/033/2024, TEECH/JDC/035/2024, TEECH/JDC/078/2023, TEECH/JDC/115/2023 Y sus acumulados. TEECH/JDC/115/2023 Y sus acumulados, TEECH/RAP/005/2024, TEECH/JDC/100/2023,TEECH/RAP/017/2024, TEECH/RAP/015/2024, TEECH/JDC/065/2024

2024-02-23

2024-02-23
TEECH/JDCI/001/2024 TEECH/RAP/024/2024 I.I.S./TEECH/JDC/024/2022 y su acumulado TEECH/JDC/126/2023 y su acumulado TEECH/JDC/020/2024 TEECH/JDC/018/2024 TEECH/JDC/038/2024 TEECH/JDC/030/2024 TEECH/JDC/014/2024. TEECH/AG/001/2024 TEECH/RAP/010/2024 Y SU ACUMULADO Y SU ACUMULADO TEECH/RAP/013/2024 TEECH/JDC/064/2024 TEECH/JDC/051/2024 TEECH/JDC/053/2024 TEECH/JDC/058/2024 TEECH/JDC/060/2024

2024-02-23

2024-02-23
TEECH/JDC/098/2024;TEECH/JDC/099/2024;TEECH/JDC/100/2024;TEECH/SG/CA-170/2024

2024-02-23

2024-02-23
TEECH/JDC/059/2024 ;TEECH/JDC/061/2024 ;TEECH/JDC/063/2024 ;TEECH/JDC/052/2024 ;TEECH/JDC/057/2024; TEECH/RAP/002/2024;TEECH/RAP/036/2023;TEECH/JDC/100/2023;TEECH/JDC/126/2023 y su acumulado TEECH/JDC/020/2024;TEECH/JDC/014/2024;TEECH/JDC/018/2024;TEECH/JDC/030/2024;TEECH/JDC/038/2024;TEECH/JDC/051/2024;TEECH/JDC/053/2024;TEECH/JDC/058/2024;TEECH/JDC/060/2024;TEECH/JDC/062/2024 ;TEECH/RAP/005/2024;TEECH/RAP/010/2024 y su acumulado TEECH/RAP/013/2024;TEECH/AG/001/2024;TEECH/JDC/066/2024;TEECH/JDC/065/2024;TEECH/JDC/046/2024;TEECH/JDC/013/2024;TEECH/JDC/067/2024

2024-02-23

2024-02-23
Actores Expediente Tipo Fecha Estrado
ANTONIO DE LA ROSA MONTERROSA EN CALIDAD DE REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, ACREDITADO ANTE EL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL 037 HUEHUETAN, CHIAPAS, Y SANTIAGO NOLASCO ROSARIO, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, Y OTRO. TEECH/JIN-M/022/2024 Y TEECH/JIN-M/024/2024, ACUMULADOS Acuerdo 06/07/2024
ENRIQUE HERNÁNDEZ RUÍZ, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA, ANTE EL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL DE SAN ANDRÉS DURAZNAL, CHIAPAS. TEECH/JIN-M/019/2024 Acuerdo 06/07/2024
Jorge Arturo Acero Gómez, en su calidad de candidato al Ayuntamiento de Berriozábal, Chiapas, postulado por el partido político MORENA. TEECH/SG/CA-422/2024 Acuerdo 06/07/2024
Fabiola Ricci Diestel, por propio derecho, y en su carácter de candidata a la Presidencia Municipal de San Cristóbal de las Casas, Chiapas. TEECH/SG/CA-423/2024 Acuerdo 06/07/2024
Patricia Carvajal Ramos. TEECH/SG/CA-405/2024 derivado del expediente TEECH/RAP/097/2024 y acumulados Acuerdo 06/07/2024
Isidro Ovando Medina, en su calidad de otrora candidato a Presidente Municipal de Tapachula, Chiapas. TEECH/RAP/104/2024 Acuerdo 06/07/2024
ANTONIO DE LA ROSA MONTERROSA EN CALIDAD DE REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, ACREDITADO ANTE EL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL 037 HUEHUETAN, CHIAPAS, Y SANTIAGO NOLASCO ROSARIO, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, Y OTRO. TEECH/JIN-M/022/2024 Y TEECH/JIN-M/024/2024, ACUMULADOS. Acuerdo 06/07/2024
ELIAS ANTONIO ARGUETA RUIZ, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO CHIAPAS UNIDO. TEECH/JIN-M/053/2024 Acuerdo 06/07/2024
Andrés Mauricio Aguilar Hernández en su carácter de Representante Propietario del Partido Político MORENA, acreditado ante el Consejo Municipal Electoral de Teopisca, Chiapas. TEECH/JIN-/M/015/2024 Y SUS ACUMULADOS. Acuerdo 06/07/2024
Elias Antonio Argueta Ruiz, en su calidad de Representante Propietario del Partido Chiapas Unido. TEECH/JIN-M/053/2024 Acuerdo 05/07/2024
Titulo Extracto Fecha Acción

Sin Resultados