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Expediente Fecha Resúmen Sentencia
TEECH/JDC/356/2021

08/03/2023

08/03/2023

Único. Se declara cumplida la resolución de veintisiete de septiembre de dos mil veintiuno, emitida en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/356/2021, por los razonamientos citados en la consideración Tercera de este acuerdo colegiado.

TEECH/JDC/074/2022

08/03/2023

08/03/2023

Primero. Se sobresee el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano promovido por el Cuarto Regidor y Síndico Municipal, ambos del Ayuntamiento de Reforma, Chiapas; por los razonamientos expuestos en el considerando IV (cuarto) del presente fallo. Segundo. Se acredita la violación al derecho político electoral de ser votado en la vertiente de obstrucción al ejercicio y desempeño del cargo de las y los promoventes del Ayuntamiento de Reforma, Chiapas, del presente Juicio Ciudadano, por las razones expuestas en la consideración Novena de esta sentencia. Tercero. Se ordena a la Presidenta Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Reforma, Chiapas, a dar cumplimiento a los efectos señalados en la consideración Décima de este fallo, en los términos y bajo el apercibimiento decretado en el mismo. Cuarto: Se vincula al Secretario Municipal del Ayuntamiento de Reforma, Chiapas, para los efectos legales precisados en la consideración Décima de esta sentencia, y bajo el apercibimiento decretado en el mismo.

TEECH/JDC/022/2023

21/02/2023

21/02/2023

PRIMERO. Se ordena a Armando Salvador Oltra Paniagua, Tesorero Municipal del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, para que se abstenga de causar actos de molestia y/o represalias en contra de Victoria Ruiz Olvera, Síndica Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, en términos del numeral 1 de la Consideración Cuarta del presente Acuerdo. SEGUNDO. Se instruye a la Secretaria General de este Órgano Jurisdiccional, para hacer del conocimiento a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Chiapas, de los hechos señalados por la quejosa en los términos del numeral 2 de la Consideración Cuarta de este Acuerdo. TERCERO. Se vincula a la Secretaría de Igualdad de Género, a la Fiscalía de Delitos Electorales, a la Fiscalía de la Mujer, y, a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, todas del Estado de Chiapas, para que informen a este Tribunal Electoral de las determinaciones y acciones adoptadas al respecto, en términos del numeral 3 de la Consideración Cuarta del presente proveído.

TEECH/JDC/017/2023

21/02/2023

21/02/2023

Primero. Se vincula a la Unidad de Justicia Alternativa de este Tribunal Electoral, salvaguardando los principios, procedimientos, prácticas y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas, coadyuve en la sustanciación de un procedimiento de mediación con relación a las partes involucradas en el presente juicio ciudadano TEECH/JDC/017/2023, para los efectos establecidos en el inciso a) de la consideración quinta de este Acuerdo. Segundo. Se instruye a la Secretaría General de este Tribunal, dar cumplimiento a lo señalado en el inciso b) de la consideración Quinta de esta determinación.

TEECH/J-LAB/001/2018

21/02/2023

21/02/2023

Primero. Se deja insubsistente y sin ningún valor jurídico el laudo de dos de febrero de dos mil veintidós, pronunciado en el expediente TEECH/J-LAB/001/2018, en cumplimiento a la resolución dictada el uno de febrero de dos mil veintitres, por el Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Vigésimo Circuito, derivado del Juicio de Amparo Directo 572/2022, en relación con el Juicio de Amparo Directo 571/2022. Segundo. Es procedente el Juicio Laboral TEECH/J-LAB/001/2018, promovido por DATO PROTEGIDO, por las razones precisadas en el considerando VI (sexto), de la presente resolución. Tercero.Se declara improcedente el Incidente de Aclaración y Acumulación a la demanda promovido por DATO PROTEGIDO, por las razones precisadas en el considerando IV (cuarto), de la presente resolución. Cuarto. Se condena al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, a cubrir a favor de DATO PROTEGIDO, el pago de las prestaciones señaladas en el inciso VII, (Séptimo) de la presente resolución. Quinto. Se absuelve al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, al pago de las prestaciones referidas en el considerando VI (sexto) de la presente resolución. Sexto. Se le otorga al Instituto demandado un plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que le sea notificada la presente sentencia, para que dé cumplimiento a la misma en sus términos, plazo que empezará a correr según lo dispuesto en el penúltimo párrafo del considerando VII (séptimo), de la presente resolución; debiendo informar de ello a este Tribunal, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes; con el apercibimiento decretado en el considerando en cita. Séptimo. Remítase copia certificada de la presente determinación al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, a efecto de hacer del conocimiento sobre el cumplimiento dado a la sentencia constitucional pronunciada en el Juicio de Amparo Directo 572/2023.

TEECH/JDC/048/2022 Y ACUMULADO/

17/02/2023

17/02/2023

ÚNICO. Se declara cumplida la sentencia de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, emitida por este Órgano Jurisdiccional, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/048/2022 y su acumulado TEECH/JDC/049/2022; en términos de la Consideración Tercera del presente Acuerdo.

TEECH JDC 070 2022

16/02/2023

16/02/2023

Único. Se revoca la resolución de veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, emitida por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado, en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/Q/GMJ-VPRG/024/2022, en términos de los razonamientos establecidos en la Consideración Séptima de la presente resolución.

TEECH/JDC/069/2022

16/02/2023

16/02/2023

PRIMERO. Se reencauza el juicio de la ciudadanía TEECH/JDC/069/2022, a Recurso de Apelación, por las consideraciones vertidas en la consideración Primera de esta sentencia. SEGUNDO. Se confirma el acuerdo de medidas cautelares emitidas en el expediente IEPC/PO/CAMCAUTELAR/EGG/005/2022; conforme a lo establecido en la Consideración Octava de la presente sentencia. TERCERO: Se instruye a la Secretaria General, remita copia certificada de la presente resolución a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción plurinominal Electoral, con sede en Xalapa de Enríquez Veracruz, dictada en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano SX-JDC-6969/2022.

TEECH/JDC/057/2022

16/02/2023

16/02/2023

UNICO. Se revoca la resolución emitida el treinta y uno de mayo de mil veintidós, por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/VPRG/MLS/003/2022, en términos de la consideración SÉPTIMA de la presente resolución; y para los efectos precisados en la consideración OCTAVA del presente fallo.

TEECH JDC 046/2022

16/02/2023

16/02/2023

Primero. No se acredita la Violencia Política en agravio de Elmer de Jesús Vázquez Gallardo, en su carácter de Segundo Regidor del Ayuntamiento Municipal de Suchiate, Chiapas; en los términos de la Consideración Séptima de la presente resolución. Segundo. Se acredita la violación al derecho político electoral de ser votado del actor en la vertiente de obstrucción al ejercicio y desempeño del cargo de Segundo Regidor en el Ayuntamiento de Suchiate, Chiapas, por las consideraciones vertidas en la consideración Séptima de la presente resolución. Tercero. Se ordena a la Presidenta Municipal, a dar cumplimiento con los efectos señalados en la Consideración Octava de la presente resolución, en los términos y bajo el apercibimiento decretado en la misma. Cuarto. Se instruye a la Secretaría General para que remita copia certificada de la presente resolución a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Tercera Circunscripción Plurinominal y surta los efectos legales correspondientes en el expediente SX-JE-229/2022.

Expediente(s) Fecha Acuerdo
TEECH/JDC/114/2023; EECH/JDC/143/2023.

2024-01-16

2024-01-16
TEECH/JDC/141/2023; TEECH/RAP/001/2024

2024-01-16

2024-01-16
TEECH/JDC/146/2023

2024-01-15

2024-01-15
TEECH/RAP/005/2024; TEECH/SG/CA-196/2023

2024-01-15

2024-01-15
TEECH/JDC/001/2024; TEECH/JDC/001/2024; TEECH/JDC/003/2024; TEECH/JDC/003/2024; TEECH/JDC/145/2023.

2024-01-15

2024-01-15
TEECH/JDC/005/2024

2024-01-15

2024-01-15
TEECH/RAP/002/2024, TEECH/JDC/135/2023 Y ACUMULADOS, TEECH/JDC/129/2023 Y ACUMULADOS, TEECH/JDC/004/2024

2024-01-12

2024-01-12
TEECH/JDC/006/2023 TEECH/JDC/008/2024 TEECH/JDC/009/2024 acumulado al TEECH/JDC/146/2023

2024-01-12

2024-01-12
TEECH/JDC/007/2024

2024-01-12

2024-01-12
TEECH/JDC/100/2023

2024-01-12

2024-01-12
Actores Expediente Tipo Fecha Estrado
Actuario Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación TEECH/SG/CA-416/2024 Acuerdo 02/07/2024
Noé Verny Morales González, en su carácter de Candidato a la Presidencia Municipal de Siltepec, Chiapas, postulado por el Partido Político Verde Ecologista de México. TEECH/JIN-M/031/2024 Acuerdo 02/07/2024
Manuela Girón Bautista, en su carácter de Representante Propietaria del Partido del Partido del Trabajo ante el Consejo Municipal Electoral de Rincón Chamula San Pedro del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado y Amalia Gómez Bautista, Lorenzo Hernández López, Laura Esthela Bautista Gómez y Sandra Arianna Esquinca Hernández, en su calidad de Representantes Propietarios de los partidos políticos Encuentro Solidario, Chiapas Unido, Redes Progresistas y Revolucionario Institucional, ante dicho Consejo Municipal, respectivamente; así como Reynaldo Girón Bautista, David López López y Alfonso Sánchez Hernández, en su calidad de Candidatos a la presidencia municipal de Rincón Chamula San Pedro, Chiapas, de los partidos políticos Redes Sociales Progresistas, Chiapas Unido y Encuentro Solidario y otros. TEECH/JIN-M/067/2024 Y SU ACUMULADO Acuerdo 01/07/2024
Yesenia García Hernández, En su calidad de candidata a la Presidencia Municipal de Acacoyagua, Chiapas, postulada por el partido político MORENA. TEECH/JIN-M/076/2024 Acuerdo 01/07/2024
Huber Díaz Sánchez, en su calidad de Representante Propietario del Partido Político de la Revolución Democrática, Acreditado ante el Consejo Municipal Electoral de Ixhuatán, Chiapas TEECH/JIN-M/005/2024 Acuerdo 01/07/2024
José María Cárdenas Meza, en su calidad de Representante Propietario del Partido Político Popular Chiapaneco, ante el CME de La Concordia, Chiapas, y otro TEECH/JIN-M/072/2024 y su acumulado Acuerdo 01/07/2024
DATOS PROTRGIDOS TEECH/JIN-M/032/2024 Acuerdo 01/07/2024
Robertony Orozco Aguilar, en su calidad de Candidato postulado por el Partido Político MORENA, como Presidente Municipal del Ayuntamiento de Villa Corzo, Chiapas, y otros. TEECH/JIN-M/036/2024 Y SU ACUMULADO TEECH/JIN-M/077/2024. Acuerdo 01/07/2024
Celia Sofia de Jesús Ruiz Olvera, Ponente e Integrante del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas TEECH/SG/CA-118/2022 Acuerdo 01/07/2024
Gilberto de Guzmán Bátiz García, Magistrado Presidente e Integrante del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas. TEECH/SG/CA-117/2022 Acuerdo 01/07/2024
Titulo Extracto Fecha Acción

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